Baja de Modalidad 40 para pensionarse
Cuando el afiliado ya no está interesado en continuar con las aportaciones voluntarias por medio de la modalidad 40 para su pensión es posible darse de baja. Existen algunos motivos por los que las personas que están inscritas bajo la Modalidad 40 pueden ponerle fin.
- Que se solicite la baja por parte del asegurado.
- Que se deje de pagar las cuotas de ahorro por dos meses seguidos .Cuando este es el caso es posible recontratar con el mismo salario un salario superior, para ello será necesario realizar una solicitud escrita de recontratación dentro del periodo de 12 meses tras verse reflejada la baja en la constancia de semanas cotizadas.
- Que el asegurado sea dado de alto dentro del régimen obligatorio.
Para solicitar la baja de la Modalidad 40 de manera voluntaria es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Presentar original y copia de las lineas de captura en conjunto con los comprobantes de pago. Algunas subdelegaciones solicitan las últimas 5, mientras que algunas otras requieren todas.
- Una carta escrita de estilo libre en la que se solicita la baja a la modalidad 40 por parte del asegurado con firma.
- Un documento expedido por la institución en el que se encuentre el número de seguridad social (Podría ser la Constancia de Semanas Cotizadas).
- Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a 3 meses.
- Identificación oficial con fotografía del asegurado
- Afil 02 (Es el documento que confirma la inscripción en la modalidad 40).
La carta de estilo libre que se debe entregar debe tener de manera precisa la fecha en la que se busca dar de baja de la modalidad 40. Por esto es importante considerar cuál sería el mejor momento para solicitarlo.
Por lo general, recomendamos que se realice la baja de modalidad 40 a inicios de mes ya que normalmente el IMSS procede con la baja a fines del mes inmediato anterior.
En caso de que proceda la baja por mora en modalidad 40, para solicitar la recontratación con un salario igual o superior al ultimo registrado, se deberá contemplar que al momento de recontratación, se deberán cubrir las mensualidades entre el momento en que se procedió al último pago y el fin de mes de la fecha de recontratación. Es importante considerar que se cobrarán recargos y actualizaciones de acuerdo a la cuota vigente al momento de recontratación
Además, la vigencia que tiene la modalidad 40 dependerá del asegurado afiliado a ella, debido a que este es el único que va a decidir el tiempo que invierte además del dinero que espera ahorrar. Cada afiliado tiene distintas posibilidades además de las metas que busca alcanzar.
Fechas claves de baja de Modalidad 40
Un error muy común, es que los trabajadores realicen la baja de acuerdo a alguna planificación por periodos, o incluso, esperen a cumplir 5 años cuando se alcanzó el salario promedio máximo desde las ultimas 250 semanas, excediendo en diez semanas su pago.
Para evitar realizar la baja de manera errónea, es recomendable realizar un estudio de pensión en el que se calculen las fechas clave de baja de modalidad 40, buscando en ello coincidir con el incremento de porcentaje por edad (A partir de los 60 años en cada 6 meses y 1 día) así con el redondeo especificado en la ley para la cuantía de incrementos y de ser posible, el incremento periódico de las pensiones.
Este estudio, evita pagar innecesariamente la modalidad 40 y ahorrar no solo en el pago mensual, sino en muchas veces, en el monto de la pensión mensual que se dejaría de percibir.
Contamos con un estudio personalizado en el que realizamos el cálculo de la fecha en que tiene contemplado el trabajador la baja de modalidad 40 y en las fechas claves de baja. Proyectando con ello los posibles montos de pensión a recibir tanto en las condiciones que tiene consideradas el cliente como con las fechas clave y hasta cumplir las 250 semanas. Así mismo, en los casos que aplique, calculamos escenarios en caso de recuperación de semanas no reconocidas y en el caso de reintegro de semanas por retiro de desempleo.
Con estas alternativas de proyección, se tendría un escenario mucho más específico para optimizar el mejor monto de pensión posible. En algunos casos una buena estrategia de baja, por solo unos meses más o menos de pago en Modalidad 40, se obtiene un incremento de pensión desde 400 hasta $8,000 pesos.
Quedamos a sus órdenes para alguna asesoría virtual personalizada.
Buenas tardes mi duda era cuando debería solicitar mi baja al régimen de la modalidad 40 y debe ser los primeros días del mes yo cumplo los 60 años el 7 de Diciembre del 2020 y procederé a realizar mi tramite de pensión. hay algo mas que deba saber gracias
Buenas tardes sr. Gómez,
La fecha de baja de modalidad 40, se genera con un escrito libre en donde se solicite dicho procedimiento.
Lo importante sería conocer si el monto de pensión que recibirá con la fecha programada es el óptimo o quizás le convenga alguna fecha clave en donde se potencie su inversión. Para ello contamos con un estudio de pensión en donde realizamos el cálculo de pensión con gran proximidad a la resolución que le expida el IMSS, calculando condiciones actuales, programadas y fechas clave.
Quedamos a sus órdenes en el 5522594780
Saludos cordiales
Buen dia
Que es lo recomendable, solicitar la baja de modalidad 40 en forma voluntaria o bien causar baja por no pagar 2 períodos continuos? Esto pensando en volver a contratar mas adelante por cuestiones de flujo.
Buenas noches,
Para recontratación de modalidad 40, es recomendable esperar la baja por falta de pago. Le invitamos a visitar nuestro artículo sobre modificación de salario en modalidad 40.
Saludos cordiales
Buenas tardes
Mi papa estuvo pagando la modalidad 40 durante 2 años.
La semana pasada fue a la subdelegación a darse de baja de dicha modalidad ya que en este próximo diciembre de 2020 cumple los 60 años y va empezar su tramite de pensión.
Ahí le solicitaron los comprobantes de los últimos 6 pagos de la modalidad 40 para darlo de baja.
Desafortunadamente por descuido, le faltan 2 de esos 6 comprobantes.
Esto podría causarle algún problema para no poder darse de baja de la modalidad 40?
Buenas noches, también puede esperar a que proceda la baja por falta de pago. Deberán transcurrir 3 meses continuos sin pagar, y la baja se concretará hasta el último día del mes en que hizo el pago
Buen día,
Mi mama, esta pagando la mod. 40 el contrato fue por un año, en este mes se cumplió, ella cumple 62 años en enero 22, en que mes seria el adecuado para solicitar la baja, para una mejor pensión para ella.
Buenas tardes,
Contamos con un estudio de pensión desde $499 mxn. en el cual calculamos las posibles fechas claves de baja a fin de conocer con precisión la fecha, el importe e inversión adicional en modalidad 40.
Quedamos a sus órdenes
Reciba un cordial saludo
Buenas noches apreciables señores ,actualmente estoy pagando modalidad 40 y planeo pensionarme este año pues cumplo 61 en marzo y el plan es pagar la pensión hasta octubre de este año para para entrar en los 61 años 6 meses un día y alcanzar el 85 %,mi pregunta es ¿Es esta fecha apropiada o cual seria la mejor para solicitar mi pensión? Agradecería su ayuda y si esta consulta genera un honorario por favor envíenme los datos(# de cuenta .nombre y banco) .. GRACIAS
Buenas noches,
La fecha clave de baja sería si cuenta con redondeo por edad y por cuantía de incrementos, ya que se aprovecharían los dos redondeos que marca la ley. Sin embargo para validar si en su caso en particular aplica, debemos realizar un estudio de pensión, así calculariamos las condiciones actuales, la fecha que tiene programada y la fecha clave a fin de que determine su mejor opción. Quedamos a sus órdenes en el 5522594780
Saludos
Buen día,
Por favor, ¿pueden publicar el artículo sobre «Modificación de salario en modalidad 40»? En una de sus respuestas hace referencia a él pero actualmente no está disponible…
GRACIAS
Hola buenas tardes,
Con gusto.
Saludos cordiales
Hola es verdad que en Modalidad 40 si pago 2 años 7 meses se me tomaria como pagado 3 años completos ?
Buenas tardes,
Es falso, le considerarían solo los 2 años 7 meses para las semanas acumuladas y el cálculo de su salario promedio de las ultimas 250 semanas.
Le invitamos a realizar nuestro estudio de pensión para definir y calcular las mejores estrategias aplicables a su caso en particular
Hola, buen día
Yo cumplo 60 años el próximo 24 de Mayo, estoy en modalidad 40 desde Octubre de 2019, quiero pagar aun el mes de mayo, ¿Cuándo debo darme de bajo de dicha modalidad?¿ y es posible asistir al IMSS al siguiente día de cumplir los 60 años para comenzar a tramitar la pensión?
Buenas tardes,
Con nuestro estudio de pensión, podemos calcular las condiciones actuales, la fecha que nos indica y las fechas claves de baja aplicables a su caso en particular. Puede contactarnos a asesoria@pensionarsemejor.com.mx
Pagué modalidad 40 por 2 meses y el mes siguiente me contrataron con todas las de la ley pero me despidieron 4 meses después. Ya aparece mi baja de modalidad 40 en mis semanas cotizadas pero en la delegación me piden llenar solicitud de baja por escrito para poder reingresar a modalidad 40. En verdad es esto es necesario si ya aparezco dado de baja en el sistema ?
Buenas noches,
Algunas subdelegaciones solicitan la baja para la recontratación.
Saludos cordiales
Buenas tardes:
Yo me registré en la modalidad 40 desde Internet ¿En donde debo solicitar mi baja?
Buenas tardes,
Directamente en la subdelegación IMSS que le corresponda.
Saludos cordiales
Como dar de baja la modalidad 40? En la subdelegación no lo quieren hacer ya que el alta lo realice en línea. Lo necesito para tramitar mi jubilacion
Buenas tardes,
Cuando proceden más de dos meses sin que se registre el pago, se procede a la baja por falta de pago.
Saludos cordiales
Buenos días, si la alta de modalidad 40 fue en línea , la baja se puede realizar también en línea ? Ya deje de pagar por 3 meses . Se baja algún documento de baja en línea ? O se debe acudir aún así a la subdelegación?
Gracias
Buenas tardes,
Cuando la contratación de modalidad 40 es en línea, la forma en que opera la baja es por falta de pago. Una vez que vea reflejada la fecha fin en su constancia de semanas cotizadas, podrá iniciar con su trámite de pensión.
Saludos cordiales